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GAMO
Dama dama
  El gamo (dama dama, familia de los cérvidos) después del corzo y el venado, es el tercero de los cérvidos que habitan España y posiblemente, el más antiguo. En Europa, en pleno mioceno se hallan formas de cérvidos con cornamenta plana.

En la antigüedad, el gamo se convirtió en una presa codiciada por los cazadores, sobre todo los pertenecientes a las clases altas lo cual, paradójicamente, contribuyó a su conservación e introducción en varios lugares donde antes no estaba presente o se había extinguido durante la última glaciación.

El gamo forma grupos sociales de tres tipos: los de machos, los de hembras con las crías y los mixtos. Por lo general, vive en grupos familiares pequeños de menos de 10 individuos, o bien lleva una vida solitaria.
 
 
De tamaño intermedio entre el ciervo y el corzo, el gamo tiene el aspecto típico de un cérvido. Su pelaje, de gran belleza, es de un color pardo rojizo adornado con un característico moteado blanco. En invierno la coloración se torna más oscura y las manchas blancas desaparecen.

Es un animal con elevado dimorfismo sexual: únicamente los machos tiene una cornamenta que muda anualmente, cayéndose a finales de primavera y volviendo a crecer en primavera.

Hasta bien entrado el otoño, en el mes de octubre, tiene lugar el período de celo llamado ronca que conlleva un ritual de peleas y desafíos entre machos para cubrir a las hembras.
 
 
 
Su dieta está compuesta de hierbas, pasto, gramíneas, bayas, nueces, cortezas y hortalizas que consigue al atardecer y de noche.
 
 
 
Vive en regiones cálidas con bosques caducifolios y mixtos, provistos de pasto y matorral. En Galicia abunda en la Sierra de los Ancares y San Mamede.
 
 
 
UICN: Bajo riesgo/Mínima preocupación (LR/LC). La especie no requiere de medidas de protección especial, ni se aproxima a ninguno de los parámetros para ser incluida en una categoría de mayor riesgo.

CITES: Apéndice II. Especie que no está amenazada de extinción pero que podría llegar a estarlo a menos que se contrale estrictamente su comercio. El comercio internacional puede autorizarse concediendo un permiso de exportación o un certificado de reexportación. Sólo deben concederse los permisos o certificados si las autoridades competentes han determinado que se han cumplido ciertas condiciones, en particular, que el comercio no será perjudicial para la supervivencia de las mismas en el medio silvestre.
 



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